A través del Oficio No. 414.2021.640, la secretaria de economía da a conocer las consideraciones aplicables al permiso automático previo a las exportaciones de diversas mercancías de acero, entre las cuales destaca el tema de Exportación de Mercancías no Originarias; “enfatizando el origen”, recalcando que aquellos exportadores que no califiquen como originarias de México; deberán de pagar los aranceles u otros derechos aduaneros establecidos.
SNICE (2021). Operación del Permiso Automático Previo a las Exportaciones de Diversas Mercancías de acero. Recuperado de https://www.snice.gob.mx/~oracle/SNICE_DOCS/ACERO_12022021-Acero_20210212-20210212.%20414.2021.640.pdf
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