El pasado viernes 5 de Marzo de 2021, se publicó en el DOF la Cuarta resolución de modificaciones a las reglas de comercio exterior para 2020 y sus anexos 1-A, 4, 16 y 22, respecto de lo cual nos menciona entre otros puntos:
Reforma de las reglas 3.7.20., y 4.5.31., fracción XXV, y se adicionan las reglas 3.3.21., y 3.4.10., de las RGCE para 2020, publicadas en el DOF el 30 de junio de 2020, para quedar de la siguiente manera:
- Autorización para la importación de menaje de casa durante la emergencia sanitaria generada por el SARS-CoV2 (COVID-19)
- Despacho aduanero de mercancías que serán importadas de manera definitiva a la Región Fronteriza de Chetumal, así como su reexpedición al resto del territorio nacional
- Retención y multa por falta de etiquetado (Anexo 26)
- Beneficios para la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte
DOF (2021). Cuarta resolución de Modificaciones a las Reglas de Comercio Exterior para 2020 y sus anexos 1-A, 4, 16 y 22. Recuperado de: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5612894&fecha=05/03/2021
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